Por este principio se exige que el responsable lleve a cabo, antes del tratamiento, una evaluación de impacto relativa a la protección de datos. Esta evaluación debe valorar la particular gravedad y probabilidad del alto riesgo, teniendo en cuenta la naturaleza, ámbito, contexto y fines del tratamiento y los orígenes del riesgo.
El responsable del tratamiento debe adoptar políticas internas y aplicar medidas que cumplan en particular los principios de protección de datos desde el diseño y por defecto.
Dichas medidas podrían consistir, entre otras en:
- Reducir al máximo el tratamiento de datos personales.
- Aplicar procedimiento de disociación a los datos personales lo antes posible.
- Dar transparencia a las funciones y el tratamiento de datos personales.
- Permitir a los interesados supervisar el tratamiento de datos.
- Crear y mejorar elementos de seguridad.
En paralelo con este principio de privacy by design se suprime la obligación de notificar ficheros a la AEPD.
La Directiva 95/46/CE había establecido la obligación general de notificar el tratamiento de datos personales a las autoridades de control, sin embargo, esta obligación no contribuyó en todos los casos a mejorar la protección de los datos personales ya que la notificación creaba la falsa creencia de cumplimiento y muchas empresas se limitaron a realizar un simple trámite, sin mejorar en nada sus medidas de seguridad.
Por tanto, en el nuevo reglamento de protección de datos, estas obligaciones generales de notificación indiscriminada deben eliminarse y sustituirse por procedimientos y mecanismos eficaces que se centren, en su lugar, en los tipos de operaciones de tratamiento que entrañen probablemente un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas.
Estos tipos de operaciones de tratamiento pueden ser, en particular, las que implican el uso de nuevas tecnologías, o son de una nueva clase y el responsable del tratamiento no ha realizado previamente una evaluación de impacto relativa a la protección de datos, o si resultan necesarias visto el tiempo transcurrido desde el tratamiento inicial.
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