martes, 15 de septiembre de 2015

Ejemplos de multas por infracción LOPD

Algunos ejemplos de típicas (y no deliberadas) infracciones de la normativa de protección de datos y su correspondiente multa (gracias a Datadesk)

INFRACCIONES LEVES (de 900 a 40.000 euros)

1. Si envías comunicaciones comerciales por email o a través de otra vía de comunicación electrónica sin que los destinatarios hayan autorizado expresamente que están de acuerdo con dicho envío.

2. Debes saber que has de comunicar al registro público el nombre del dominio de tu página web.

3. No darle a la Agencia Española de Protección de Datos la información que te solicite, de acuerdo a las competencias que la Ley otorga a la agencia.

INFRACCIONES GRAVES (de 40.001 a 300.000 euros) éstas ya son palabras mayores

4. El destinatario del servicio ha de conocer las condiciones generales a que se sujete el contrato.

5. No modificar o rectificar datos de carácter personal cuando estos errores afecten a los derechos de las personas nombradas.

6. No facilitar y obstruir la función inspectora.

7. Envío masivo de comunicaciones comerciales vía email u otra vía de comunicación electrónica cuando los destinatarios no hayan autorizado que se les mandase dicha comunicación.

INFRACCIONES MUY GRAVES (de 300.001 a 600.000 euros) Si incurres en una de estas infracciones, tienes el infarto asegurado

8. Si tu empresa no cumple con la obligación de suspender el alojamiento de datos, el acceso a la web u otro servicio equivalente relacionado con la intermediación, cuando un órgano administrativo le obligue a ello.

9. Cuando se recaben o recojan datos e información de manera engañosa o fraudulenta.

10. Si se transfieren datos de carácter personal a otros países que no proporcionen el mismo nivel de protección del país de origen sin la pertinente autorización del director de la Agencia Española de Protección de Datos.

Recomendación final: algunas de estas infracciones son fáciles de evitar, otras necesitas la colaboración de profesionales. Cuenta con nosotros para adaptarte a la normativa de protección de datos lo antes posible.

martes, 8 de septiembre de 2015

Consejos sobre protección de datos

Consejos para que tu empresa se adapte fácilmente a la normativa de protección de datos: 

1. Inscribe tus ficheros en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Cada uno de los ficheros de recolección de datos con los que trabaje la empresa debe estar inscrito en el Registro General de Protección de Datos para que éstos sean públicos y accesibles para todos los interesados. Es una de las sanciones más fácilmente evitable. 

2. Sé claro en el tratamiento de los datos. Es preciso diseñar un proceso de recogida, tratamiento y almacenamiento de los datos que cumplan con una serie de reglas como la toma de datos pertinentes sin emplear métodos de recolección fraudulentos o su cancelación cuando dejan de ser necesarios, entre otras. 

3. Cumple con el deber de información. El titular de los datos debe estar informado en todo momento de los términos exactos en los que se recopila y tratará la información en el futuro. 

4. Cuenta con el consentimiento del afectado. Es cierto que en algunas ocasiones basta con el consentimiento tácito pero tiene un grave problema que recae en el responsable del fichero: acreditar dicho consentimiento. Por consiguiente, lo recomendable es contar con el consentimiento expreso del titular de los datos personales. 

5. Pon mucho cuidado a los datos especialmente protegidos. Los datos que hagan referencia a la ideología, afiliación sindical, religión y creencias, origen racial, salud y vida sexual deben ser tratados con mayor precaución debido a que son especialmente sensibles. 

6. Garantiza la seguridad de los datos. La empresa debe tomar las medidas, técnicas, humanas y operativas que sean necesarias para evitar que los datos se alteren, pierdan o sean accesibles sin autorización. 

7. Respeta el deber de secreto. Es obligatorio que las personas que hayan tenido acceso a los datos personales guarden el secreto profesional y salvaguarden su confidencialidad. 

8. Informa de la comunicación de datos. Si los datos se van a entregar a otra persona, empresa o entidad, es preciso que sea por un fin relacionado y legítimo, que se informe al titular y que se cuente con su consentimiento. 

9. Cuida el acceso a los datos por cuenta de terceros. Si la empresa decide externalizar un servicio (contabilidad, nóminas, publicidad…) el proveedor de éste pasa a ser el encargado del tratamiento de los datos. Para cumplir con la Ley de Protección de Datos deberá tratarlos siguiendo las instrucciones del responsable del fichero y devolverlos o destruirlos una vez finalice el servicio. 

10. Facilita el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. La empresa debe encargarse de implementar los formularios y procesos necesarios para que los titulares ejerzan estos derechos.


Para tener todo esto en orden y cumplir con la Ley de Protección de Datos, es muy recomendable que un experto realice una auditoría de protección de datos y ofrezca un informe de calidad sobre la situación en la que se encuentra la empresa en relación a este asunto y proceda a la adaptación de la empresa a dicha normativa.

viernes, 17 de julio de 2015

Ley segunda oportunidad

Aunque desde febrero existía, por Decreto, la Ley de segunda oportunidad ahora ésta ha sido aprobada en el Senado sin enmiendas. Casi siempre una buena idea cuando se desarrolla por los políticos queda en nada ¡Cómo se nota que la mayoría de nuestros políticos no sabe lo que es la realidad del empresariado español porque no lo ha vivido! Hablo de todos aquellos que se levantan muy temprano cada día para hartarse de trabajar y sacar adelante sus familias y que no sólo sufren la crisis y los impagos sino que también tropiezan con las continuas piedras que pone en nuestro camino la Administración (cualquiera de ellas ¡hay tantas!). Otra buena oportunidad perdida.

martes, 14 de julio de 2015

Recientemente ha sido aprobado en el Congreso de los Diputados el Proyecto de Ley de Autoempleo y éstas son sus principales novedades:

Los trabajadores que se incorporen a cooperativas puedan acogerse al derecho de cobrar la pensión por desempleo en un pago único. El texto legal matiza ciertos aspectos en torno al pago único de esta prestación. De hecho, esta cantidad no podrá ser percibida por los socios trabajadores de cooperativas, sí por quienes cumpliendo todos los requisitos pretendan realizar una actividad profesional como autónomos. Asimismo, se verán beneficiados aquello que destinen el 100% del importe a una aportación de capital social de una entidad mercantil de nueva creación.

La ley establece que el dinero podrá utilizarse para los gastos de constitución y puesta en funcionamiento, pago de tasas y tributos. También se extiende al pago de servicios específicos de asesoramiento, formación e información hasta un máximo del 15% del total de esta cuantía. Así, es importante que quienes tengan intención de seguir esta alternativa sepan que deberán asegurarse el control efectivo de la empresa y ejercer en ella una actividad profesional como trabajadores por cuenta propia, a riesgo de que se considere el abono de la prestación por cese de actividad como pago indebido.

Los autónomos que perciben al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente (los autónomos dependientes) podrán contratar un trabajador con contrato de interinidad. La ley amplía la tarifa plana para autónomos, al reducir la cuota por contingencias comunes a 55 euros durante seis meses. En paralelo, se incrementa el incentivo a los profesionales que inicien una actividad por cuenta propia y posteriormente contraten a trabajadores por cuenta ajena.

Por último, el texto establece que los autónomos podrán compatibilizar durante un máximo de nueve meses la prestación por desempleo con un alta en el RETA. Esta posibilidad hasta ahora era aplicable únicamente a los menores de 30 años.

jueves, 7 de mayo de 2015

Cuentas públicas

Los políticos, y los que no somos políticos, hablamos mucho sobre las cuentas públicas. Y más ahora en este año electoral en el que nos hartaremos de escuchar las estupideces que se incluyen en los programas de los partidos.

Un economista de prestigio, Jesús Fernández-Villaverde escribe en su blog sobre las posibilidades de equilibrar las cuentas públicas en España y nos advierte del escaso margen de reducción del déficit público que tenemos. Es un artículo muy largo, muy bien documentado y argumentado, que requiere una lectura pausada.

Básicamente dice:

1. Por la estructura del gasto, en España no es posible una reducción considerable del gasto público sin tocar el estado de Bienestar.

2. El sistema impositivo español es de los peores de Occidente: recauda poco y mal con tipos muy altos.

3. No basta el crecimiento de la economía para reducir déficit y, sobre todo, deuda. Cuidado con los malos tiempos, que volverán.

4. La solución es compleja y estructural: reformas de la Administración, del sistema fiscal, del Estado de Bienestar, de la Seguridad Social...

Aquí es dejo el artículo.

lunes, 4 de mayo de 2015

Futuro mercado bonos según Bill Gross

Hay gurús económicos que aciertan de vez en cuando en las líneas generales de lo que puede ocurrir en el futuro. Uno de ellos es Bill Gross. Os pego el enlace de lo que piensa que puede que esté a punto de ocurrir con el mercado de deuda y bonos. Es largo, no está bien traducido al español pero merece la pena leerlo porque es demoledor y tiene cierto sentido. Aquí el original en inglés.


martes, 16 de diciembre de 2014

¿Queremos más emprendedores en España?

El emprendedor medio español es varón de 39 años con formación superior y una cierta formación específicamente emprendedora y que se ha encontrado en la tesitura de buscarse su propio empleo. No crean Pymes sino Mypes, es decir, microempresas con 1-3 trabajadores. La crisis está produciendo el efecto de aumentar la edad a la hora de emprender, que el emprendedor adquiera cierta experiencia antes de poner en marcha un negocio y unos ciertos recursos ante la casi imposible financiación externa de su proyecto y que se crea más por necesidad que por oportunidad [1]. Mientras mayor sea tu edad más difícil es encontrar empleo si te quedas en el paro ¿Oído Gobierno? A quien hay que dar facilidades para crear empresas no es a los menores de 30 años, que también, sino a los mayores de 40 que tienen más dificultades para encontrar trabajo por cuenta ajena tanto en España como fuera porque suele ser gente arraigada. ¡Quiten los límites de edad! ¡Hay que apoyar a todo emprendedor! Sólo en Andalucía harían falta aproximadamente cien mil empresas más para igualar la media nacional, lo que supondría en torno a medio millón de nuevos empleos[2].

Ha de ponerse en valor la valentía y el esfuerzo que los emprendedores realizan en este momento cuando deben afrontar serias adversidades económicas. Las condiciones del entorno son poco proclives para iniciar una acción emprendedora. En la actual coyuntura la población española se plantea emigrar y decide emprender en el extranjero y así lo muestran las estadísticas en los últimos años. Hemos regulado cómo atraer talento extranjero a España pero parece que ya es hora de aplicar políticas para retener el talento emprendedor español.

Una de las promesas electorales del partido que nos gobierna era crear un marco normativo específico para los emprendedores que facilitara la creación de nuevas empresas. Siempre hemos dicho que lo fundamental a la hora de conseguir resultados positivos en las reformas estructurales que se llevan a cabo en España pasa por cambiar la mentalidad de la sociedad española de forma que se valore más las iniciativas emprendedoras y la asunción de riesgos, aunque se tarden años, muchos años, varias generaciones.

Es importante adoptar medidas desde la escuela para concienciar a la sociedad que emprender es una salida profesional digna, hay que ofrecer programas de capacitación para lanzar y desarrollar nuevos negocios, favorecer la evolución en tamaño de la empresa e integrar a los colectivos más desfavorecidos en el tejido emprendedor. La prioridad de nuestros gobernantes debe ser implantar políticas que impulsen y apoyen el emprendimiento, reduciendo impuestos y trabas burocráticas además de crear las condiciones necesarias para mejorar la financiación de nuestros emprendedores y empresas de manera que posibles inversiones se canalicen hacia proyectos emprendedores una vez agotados los ahorros o capital disponible del propio emprendedor.

El esfuerzo realizado para fomentar el espíritu emprendedor no está dando los resultados que serían deseables. Los principales obstáculos provienen de la falta de financiación para llevar a cabo sus proyectos, de la caída de la demanda y de la Administración con sus trabas burocráticas y altos impuestos que ahogan a los emprendedores. En vez de dar subvenciones, que ya llegarán ¿no es mejor dejar exento del pago de impuestos al emprendedor durante sus dos primeros años? Y en vez de abaratar las cuotas de la Seguridad Social según criterios de edad o temporales ¿no sería mejor hacerlo por facturación? ¿Y, no sería deseable resolver la cotización por pluriactividad de manera que permitiera compatibilizar el trabajo por cuenta ajena con los inicios de una actividad emprendedora? ¿Y hay mejor política de apoyo a las empresas que se paguen las facturas? Es al principio, al inicio de una actividad cuando se tienen los problemas de liquidez que impedirían el arranque y consolidación del proyecto emprendedor y el fondo de maniobra no se puede agotar por pagar los impuestos. Que los emprendedores cumplan con la obligación formal de presentar declaraciones pero que paguen a partir del tercer año y que proporcionalmente vayan pagando lo dejado de abonar a las arcas públicas durante el período de carencia y así evitamos la picaresca. Háganlo bien, señores del Gobierno tanto en España como en Andalucía, pero háganlo. Bueno, rectifico, es sólo una sugerencia, si así lo estiman oportuno que para eso ustedes mandan.
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[1] Tendencia emprendedor mayor edad, 50% mayores de 45 años y los que empiezan están mejor formados que los emprendedores consolidados. En los últimos años hay tendencia creciente de emprendedores con bajos ingresos posiblemente en línea con el aumento de emprender por necesidad. La cantidad invertida con fondos propios más común es de 3.000€, cifra que coincide con el capital mínimo legal de la SL. Vide Global Entrepreneurship Monitor (GEM) Informe España 2013.

[2] Informe Sobre La Situación De La Actividad Empresarial En Andalucía 2012, CEA.