jueves, 3 de octubre de 2013

la Ley de emprendedores (I)

Una de las promesas electorales del partido que nos gobierna era crear un marco normativo específico para los emprendedores que facilitara la creación de nuevas empresas. Siempre hemos dicho que lo fundamental a la hora de conseguir resultados positivos en las reformas estructurales que se llevan a cabo en España pasa por cambiar la mentalidad del ciudadano español, aunque se tarden años, muchos años. Por fin este sábado se publicó en el BOE la Ley de emprendedores, que vamos a intentar aclarar a continuación.

La ley empieza por definir el concepto de emprendedor, entendiéndose como tal aquellas personas físicas o jurídicas que van a desarrollar o están desarrollando una actividad económica productiva. E inmediatamente se enuncia una serie de medidas que tiene como objetivo favorecer el crecimiento y la reactivación de la economía española a través del fortalecimiento del tejido productivo.

No vamos a analizar estas palabras, que se las lleva el viento y el viento no es de nadie, pero sí trataremos de explicar algunas de las medidas encaminadas a la creación del propio puesto de trabajo, lo que se denominó autoempleo en los años 90 y ahora conocemos como emprendimiento. Para no hacerlo excesivamente largo, lo iré dividiendo en varios posts.

1. La primera reforma que me llama la atención es la tendente a apoyar la iniciativa emprendedora desde el sistema educativo. La nueva ley no crea ninguna asignatura de emprendimiento pero “ordena” a las CCAA (que son las competentes en educación) la incorporación desde la educación primaria y durante toda la etapa educativa de contenidos orientados al fomento del espíritu emprendedor y la adquisición de competencias empresariales. Además, regula las llamadas 'empresas de estudiantes', que permitirán a los estudiantes universitarios desarrollar su propio proyecto empresarial bajo una serie de requisitos y limitaciones que serán desarrollados reglamentariamente (podrán durar hasta dos años y se adscribirán a un seguro de responsabilidad civil).

Para alcanzar este loable objetivo es requisito imprescindible la formación inicial y permanente del profesorado de todo el sistema educativo en lo referente a emprendimiento, iniciativa empresarial y creación y desarrollo de empresas y así lo hace constar la propia ley. Pero no puede ir más allá, ya que la concreción de esta medida depende de cada Comunidad Autónoma. Veremos en qué queda.

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